Viernes, Marzo 06, 2026

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Primera Conferencia Magistral Lcdo. Noel Colón Martínez

 

 

“El abogado, desde cualquier trinchera, tiene que imponerse la tarea de evitar la falsificación de la verdad, la tergiversación de las ideas, la pérdida de sentido ético en la discusión y la intolerancia que resulta dañina al proceso de participación como lo es la estridencia y la violencia de cualquier extremista.”

Lcdo. Noel Colón Martínez


Mensaje a la Asamblea del CAAPR

7 de septiembre de 1968


Buenas noches a todas las personas que se encuentran presentes en esta sala  y aquellas que nos sintonizan mediante la transmisión electrónica a través de la plataforma Facebook Live. Un abrazo solidario a los familiares del entrañable amigo, colegiado y patriota, Lcdo. Noel Colón Martínez, a quien se le dedica esta noche la “Primera Conferencia Magistral, Lcdo. Noel Colón Martínez”. Nuestro agradecimiento especial al Ilustre Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico como sede de este significativo evento.

 

I. Introducción

 

La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico aprobó el 26 de octubre de 2024 la Resolución Número 1 presentada ante el cuerpo por la Comisión para el Estudio y Desarrollo Constitucional de Puerto Rico. En ella se designa, alrededor de la fecha del natalicio del insigne patriota Lcdo. Noel Colón Martínez, acaecido en Moca, Puerto Rico el 20 de octubre de 1927, la celebración del “Día de la Conferencia Magistral Lcdo. Noel Colón Martínez”. De esta manera el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico honra la memoria de tan distinguido patriota y colegiado.

 

Noel, como le gustaba que le llamaran, llegó a la Universidad de Puerto Rico en 1944 contando con 17 años  de edad. Allí obtuvo un grado asociado en pedagogía y un grado de bachillerato de la Facultad de Ciencias Sociales. Fue en la UPR, Recinto de Río Piedras, donde encontró una de las vocaciones que más atesoró en su vida, el periodismo. Sin embargo, muy pronto integraría a su desempeño como estudiante la ruta que le llevaría en 1951 a obtener el grado de “Bachiller en Leyes”, hoy conocido como “Juris Doctor”.

 

 

Durante su vida universitaria, Noel se relacionó con otros talentosos jóvenes de su generación como Juan Mari Brás, Elfren Bernier, Héctor Landrón, Juan Ortiz Jiménez, Wilfredo Bianchi, Federico Cordero, Jesús Palmer, José Antonio Ortiz, Venancio Medina, José Orlando Grau y William Fred Santiago, quienes entonces y más adelante, contribuyeron a moldear su carácter y su pensamiento. En la Universidad de Puerto Rico Noel contribuyó a forjar el periódico El Universitario, el cual se convirtió en la principal publicación estudiantil de la época. Con ello, de paso, pudo completar los recursos económicos para sus estudios de derecho.

 

En las postrimerías de sus estudios de derecho, Noel contrajo matrimonio con su compañera de vida, Ana María Morera, Doña Annie como le llamábamos, quien había ya completado en 1950 su bachillerato en Ciencias Naturales en el Recinto de Río Piedras.

 

Noel ingresó al entonces llamado Colegio de Abogados el 7 de septiembre de 1951, cuando inició su carrera profesional contando con 24 años, y se mantuvo como miembro activo del mismo toda su vida. Fue y es el colegiado número 1323. Formó parte de diversas comisiones, incluyendo comisiones especiales, y fue presidente del Colegio en el bienio de 1964-1966. Como colegiado y como presidente del Colegio, Noel colaboró en la creación y promoción de varias instituciones como son Servicios Legales de Puerto Rico, la Sociedad para la Asistencia Legal de Puerto Rico, el programa PRO-BONO del Colegio y la Égida del Colegio de Abogados, Inc.

 

De las comisiones que integró, destaca sin lugar a dudas, la Comisión para el Estudio y Desarrollo Constitucional de Puerto Rico, a la cual perteneció desde el año 1963 hasta octubre de 2022. Participó, además, de la Delegación Especial de abogados que, a nombre del Colegio, formaron parte de la “Marcha a Washington” convocada por el Reverendo Martin Luther King, Jr. el 28 de agosto de 1963; la Comisión de Práctica Federal; la Comisión Especial sobre el Proyecto de Reglamento del Tribunal de Apelaciones; la Subcomisión de Educación y Capacitación en torno a la Asamblea Constitucional de Estatus; y la Comisión Especial del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico en la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

 

El Lcdo. Colón Martínez participó también en varios eventos que, por su relevancia, deben estar consignados en su hoja de servicios:

 

(a)      Colaboró de forma entusiasta con el Ateneo de Puerto Rico, especialmente con la distinguida colegiada Lcda. Nilita Vientos Gastón, dictando en 1968 en esa valiosa institución de las luchas culturales del Pueblo de Puerto Rico, la conferencia Los partidos Políticos en Puerto Rico.

 

(b)      Junto con la familia de Antonia Martínez Lagares, colaboró en el intento de esclarecer su asesinato el 4 de marzo de 1970. Su archivo personal de los hechos contribuyó enormemente a la novela Antonia: tu nombre es una historia, del excelente escritor puertorriqueño Lcdo. Hiram Sánchez Martínez.

 

(c)      Formó parte de un tribunal internacional llevado a cabo en Luanda, capital de Angola, en 1976. Dicho Tribunal juzgó la conducta del régimen segregacionista de África del Sur durante su intervención en la guerra civil desatada en dicho país contra el gobierno del presidente Agostino Neto y del Movimiento Popular para la Liberación de Angola (MPLA).

 

(d)   Integró una Comisión Especial del Colegio de Abogados viajando, junto al Lcdo. Graciani Miranda Marchand, también expresidente de nuestro Colegio, a la República Dominicana para identificar el paradero de tres puertorriqueños apresados por las autoridades dominicanas y encarcelaos en la prisión “La Victoria” en dicho país.

 

(e)   Como presidente del “Consejo Puertorriqueño de la Paz”, dirigió desde Puerto Rico la organización de dos conferencias internacionales en la década de 1970 en apoyo a la lucha del pueblo puertorriqueño por su libre determinación e independencia, la primera en Cuba en 1975 y la segunda en México en 1979,.

 

A lo largo de su amplia trayectoria profesional, el Lcdo. Colón Martínez participó, además, en múltiples foros y conferencias sobre una diversidad de temas que incluyen, entre otros, las relaciones internacionales, la economía, el tema político y las condiciones sociales de desarrollo del país. En sus análisis Noel destacó siempre el estado de subordinación política en las relaciones de Puerto Rico frente a Estados Unidos y reivindicó la descolonización de nuestro país conforme al Derecho Internacional.

 

Noel estuvo presente de forma destacada en las luchas que marcaron buena parte de la segunda mitad del siglo XX y principios del siglo XXI en Puerto Rico por medio de columnas de prensa, comparecencias en radio y televisión en varias emisoras y en variados medios de comunicación. Noel se mantenía al tanto de las demandas que surgieron desde ámbitos tan variados como la petición de excarcelación de presos políticos y los distintos reclamos contra lo que se definió en algún momento como el colonialismo ambiental. De hecho, ganó dos premios del Instituto de Literatura Puertorriqueña del Ateneo de Puerto Rico por sus columnas en la prensa. Su comunicación con la sociedad puertorriqueña fue constante siendo uno de los recursos de comentarios políticos más solicitados por la prensa de Puerto Rico. Nunca cobró un solo centavo por esa labor de orientación cívica.

 

Por muchos años Noel formó parte de la Junta de Directores del periódico Claridad, colaboró en la redacción de múltiples columnas en dicho semanario y solicitó se investigaran los distintos ataques perpetrados contra ese periódico independentista. También formó parte de los esfuerzos por esclarecer los asesinatos del Cerro Maravilla dictando una importante conferencia sobre el tema en este Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico.

 

Utilizó su abogacía para causas en las que defendió formas no tradicionales de participación electoral, como fue la defensa de la opción de “ninguna de las anteriores”, que prevaleció en el plebiscito de 1998. En ese esfuerzo colaboró con su buen amigo, el ex gobernador Roberto Sánchez Vilella. Junto a Don Ricardo Alegría y el propio Sánchez Vilella contribuyó a organizar y formó parte de la “La Nación en Marcha” en 1996.

 

Como parte de sus esfuerzos por la descolonización, viajó por todo el mundo, pero en especial por América Latina. En dichos viajes desarrolló relaciones de colaboración y solidaridad con gobiernos y funcionarios en Cuba, Venezuela, Bolivia, Panamá, República Dominicana, Angola, y Estados Unidos, entre otros. Concebía el caso de Puerto Rico dentro del amplio marco de la geopolítica internacional. Sus columnas de prensa eran reflexiones profundas sobre temas diversos, entre otros, de la Guerra Fría, los conflictos en el Medio Oriente o las políticas de excluir a Cuba del sistema internacional. Fue un severo crítico de las políticas intervencionistas de Estados Unidos en el mundo y un activista por la paz mundial cuando los peligros nucleares parecían inminentes. Siempre se ocupó de establecer paralelos entre el hegemonismo de Estados Unidos en el Caribe con la conducta imperial de Estados Unidos en otras latitudes.

 

Su compromiso con el diálogo público fue siempre ejemplar. Participaba con regularidad en conferencias, foros y todo tipo de actividad educativa sin descuidar por ello el ejercicio de su profesión. Una vez dejó de ser Fiscal en el Departamento de Justicia, nunca más aceptó un contrato de parte del Estado Libre Asociado. Toda su actividad política fue producto de su propio esfuerzo. En su práctica profesional se destacó tanto como abogado en el ámbito criminal como en el derecho civil.

 

Su extraordinaria visión procurando, desde la Comisión para el Estudio y Desarrollo Constitucional de Puerto Rico, desarrollar la capacidad para alcanzar acuerdos sustantivos y procesales para la descolonización de Puerto Rico fue ejemplar. Han sido los consensos alcanzados en el seno de dicha Comisión por representantes de diferentes corrientes de pensamiento en torno al estatus futuro de Puerto Rico en su relación con Estados Unidos, la zapata desde la cual el Colegio sostiene al día de hoy su propuesta de Asamblea Constitucional de Estatus. Para el Colegio, se trata de la vía procesal idónea para superar la condición colonial y el impasse procesal en nuestro país para atender el desarrollo político futuro de nuestra relación con Estados Unidos sobre bases no coloniales y no territoriales.

 

En ese esfuerzo Noel sostuvo múltiples reuniones intentando convencer a los distintos sectores políticos de la necesidad de coagular una voluntad común por la descolonización. Formó parte de los esfuerzos de la Iglesia Católica, en su diócesis de Caguas, de generar un diálogo nacional descolonizador. Mantuvo comunicación con el resto del liderato político de forma respetuosa pero firme. En ese esfuerzo sostuvo diálogos, a veces difíciles, con Luis Muñoz Marín, Rafael Hernández Colón, Sila María Calderón, Pedro Rosselló González, Aníbal Acevedo Vilá, Alejandro García Padilla y Ricardo Rosselló Nevares. Nunca rehuyó el diálogo como forma de persuadir de la necesidad de encontrar mecanismos efectivos de elevar nuestros reclamos colectivos como pueblo. Colaboró con la Fundación de Sila Calderón en sus estrategias contra la pobreza, en apoyo a su proyecto de comunidades especiales y en favor del emprendimiento comunitario.

 

Al giro del pasado milenio,  a sus 73 años, respondiendo el llamado para el cese de las prácticas militares de la Marina de Guerra de Estados Unidos en Vieques, le llevó a cumplir cárcel en las instalaciones federales del Centro de Detención Metropolitana de Guaynabo junto a uno de sus hijos y uno de sus nietos.

 

Por haber dejado una profunda huella en la historia de este Colegio, su ejemplo nos ha convocado a recordar y emular su histórico e incondicional compromiso con nuestra institución y con el país. Su ejemplo ha servido de acimut o referente para las presentes y futuras generaciones de abogados y abogadas.

 

  1. II. Contexto en el cual se celebra esta actividad

No es posible llevar a cabo nuestra intervención esta noche, sin hacer referencia a la fecha en que se realiza. Hoy se cumplen 75 años de la Insurrección Nacionalista de 1950. Pretender incursionar en el significado histórico de esta efeméride, y como parte de ésta en los diferentes sucesos dentro de los cuales se desarrolló, nos impone un gran peso y una mayor responsabilidad. Se trata de una gesta poco conocida o estudiada en nuestro sistema escolar. Compartir con ustedes una reflexión en torno a los eventos que rodean esta epopeya, exige y demanda la mayor pulcritud, a la vez que nos reta a un juicio histórico y a una reflexión política que todavía, a la distancia de 75 años desde los sucesos, sigue siendo necesaria por su vigencia.

 

Sí, en efecto, la Insurrección Nacionalista de aquel 30 de octubre, precedida en los días anteriores de allanamientos y enfrentamientos entre nacionalistas y policías, no sólo fue un acto de guerra contra el poder interventor de Estados Unidos en Puerto Rico; sino también, el resultado de una multiplicidad de eventos que, mientras flotan y se desplazan navegando como témpano de hielo en nuestra conciencia colectiva de pueblo, sólo atinamos a ver una pequeña parte de sus dimensiones reales.

 

El pueblo de Puerto Rico tiene una deuda de gratitud con los y las patriotas puertorriqueños que ofrendaron grandes sacrificios en defensa de sus convicciones, incluso su propia vida. Los aquí presentes no tenemos que estar totalmente de acuerdo con el curso político que inspiraron los sucesos de 1950, para reconocer que la predica de “valor y sacrificio” inspirada por Don Pedro Albizu Campos, desató una fuerte denuncia internacional en contra del colonialismo la cual repercute hasta nuestros días. Quizás por eso, el propio Noel Colón Martínez estuvo presente en los actos fúnebres rindiendo homenaje a Don Pedro en 1965. Fue a partir de 1966 que la Policía de Puerto Rico comenzó a carpetear al distinguido colegiado que nos convoca hoy.

 

La Insurrección Nacionalista es historia, es proceso, es reflexión y es transformación de lo que en algún momento hicimos o dejamos de hacer. Noel no estuvo exento de los efectos de dicho proceso en su desarrollo político.

 

Como muchos de ustedes saben, Noel proviene de una familia vinculada con el Partido Popular Democrático. Su padre fue alcalde de Moca entre 1944 y 1952. Su primo hermano, Luis Alfredo Colón, fue senador por acumulación ininterrumpidamente desde 1944 hasta 1964. Durante esa época, al igual que su familia, Noel militaba en el Partido Popular Democrático. A su salida de la Universidad de Puerto Rico, ya graduado de derecho, Noel acepta en 1951 la plaza de juez municipal en Lares y luego, en 1953, pasa a ocupar una plaza de Fiscal Especial.

 

Nos indica José Javier, su hijo, en su edición del libro sobre diversas columnas escritas por su padre que tituló La disidencia como vocación, “que tales eventos eran parte de una estrategia de evasión del servicio militar estadounidense.” Recordemos que el llamado “Conflicto de Corea” se desarrolló entre los años 1950-1953. En él, los puertorriqueños pagamos una alta cuota de sangre: 3,540 bajas, de las cuales 743 fueron muertos. Señala también José Javier que “funcionarios del Ejército lo confrontaron con el hecho de que se desprendía de su récord haber utilizado todos los recursos disponibles para no ingresar en el mismo a pesar de estarse desarrollando entonces el conflicto de Corea.”

 

La posición de fiscal, sin embargo, le llevó a otro conflicto, uno mayor, que  marcaría su vida cuando “en 1956, siendo ya Fiscal General, se le pidió que participara, junto a otros fiscales, en la presentación de un caso contra un grupo de nacionalistas de Arecibo como parte de la aplicación de la ‘Ley de la Mordaza”.

 

Se trataba de nacionalistas que en ocasión de la Insurrección Nacionalista de 1950, también habían tomado parte del ataque al Cuartel de la Policía de la ciudad de Arecibo en el cual fallecieron cuatro policías, resultando heridos otros dos. Uno de los nacionalistas que participó en el ataque también falleció.

 

El proceso judicial en el cual el Lcdo. Colón Martínez participa en 1956, como indicamos, estuvo relacionado con acusaciones al amparo de la “Ley de la Mordaza”. Indica José Javier que entonces, a pesar de sostener reservas en torno al contenido de la Ley, su padre “rechazaba algunas de las tácticas del nacionalismo”, por lo que participó de los procesos judiciales contra los nacionalistas de Arecibo. Indica José Javier que ya entonces, “Noel era un disidente soberanista dentro del PPD.” Como indica José Javier, y de ello puedo dar fe por haberlo conversado con Noel, éste consideró más adelante su participación en estos casos de Arecibo en 1956 como “uno de los mayores errores de su vida.”

 

Cuando pienso en esta etapa de la vida de Noel y en su rectificación histórica, reconociendo como error mayor en su vida haber llevado a cabo como fiscal casos relacionados con la “Ley de la Mordaza”, viene a mi mente lo dicho por el Apóstol de la Independencia de Cuba, José Martí, cuando indicó en su escrito titulado “Tres Héroes”, el cual figura en el texto La Edad de Oro, lo siguiente:

 

“El sol quema con la misma luz que calienta. El sol tiene manchas. Los desagradecidos no hablan más que de las manchas. Los agradecidos hablan de la luz.”

 

Es así como veo al Noel que más adelante abrazaría de manera consecuente la causa de la independencia de Puerto Rico.

 

La vinculación del Lcdo. Colón Martínez durante su permanencia en el seno del Partido Popular Democrático fue radical y honesta. Lo demostró, entre otras instancias, en sus discrepancias con Luis Muñoz Marín y su rechazo al ofrecimiento amañado de una candidatura al Senado por un distrito senatorial que no le correspondía; y en ser uno de los forjadores del llamado “Grupo de los 22”, que rechazaba las limitaciones del Estado libre Asociado como entidad de gobierno y que ya en la década de 1960 propugnaba por una transformación soberanista al interior de ese partido. Entre los integrantes de aquel “Grupo” se encontraban Enrique Laguerre, Miguel Velázquez Rivera (compueblano de Moca y buen amigo), Enrique Bird, Aida Negrón de Montilla, Rafael Hernández Colón, Victoria Muñoz, Antonio J. Colorado, Juan Manuel García Passalacqua, Severo Colberg Ramírez; Gerardo Navas, Genaro Baquero y Luis F. Camacho, pasado presidente de esta augusta institución.

 

Más adelante, su independencia de criterio también se demostraría al rechazar la consulta plebiscitaria impulsada por el Partido Popular Democrático y desde el Senado por Luis Muñoz Marín en 1967. Apartándose de la línea oficial del PPD para ese evento, el Lcdo. Colón Martínez, junto a independentistas y soberanistas, participará del “Frente Soberanista Anti Plebiscitario” llamando al boicot a dicha consulta.

 

Concluidos los esfuerzos en torno al rechazo al plebiscito de 1967, para Noel sólo quedaba un camino para impulsar la descolonización de Puerto Rico y ese camino sólo podía conducir a la independencia. Para Noel, el instrumento electoral que mejor recogía en su programa la independencia y la justicia social era el del Partido Independentista Puertorriqueño bajo su consigna “arriba los de abajo” y su propuesta de independencia-socialismo- democracia. A finales de dicha década, Noel ingresa al PIP proyectando su liderato al interior de dicha organización; desarrollando una proyección pública en debates radiales y en programas televisivos como “Cara a Cara ante el País”; y  en columnas publicadas en los periódicos de mayor circulación, incluyendo el entonces periódico La Hora del Partido Independentista Puertorriqueño.

 

De cara a las elecciones de 1972, Noel figurará en la papeleta electoral como candidato a la gobernación por el Partido Independentista Puertorriqueño. Nos indica su hijo José Javier, que la candidatura de su padre fue parte de una “estrategia dirigida a garantizar la elección de Carlos Gallisá y Rubén Berríos a la legislatura de Puerto Rico”. Esta estrategia rindió frutos pero se vio opacada, en parte, por la crisis del PIP de 1973, la cual marcó la salida de Noel de dicha agrupación política.

 

III. Un discurso que no pierde vigencia

 

En ocasión de la Asamblea Anual del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, efectuada el 7 de septiembre de 1968, el Lcdo. Colón Martínez aborda el eterno debate al interior del Colegio y las políticas partidistas. Apenas comienza su disertación, señala su “profunda fe en la misión, destino y responsabilidad de esta institución en nuestro país.” Indica a su vez, aunque no en un lenguaje inclusivo, el “gran respeto por las ejecutorias realizadas y por los hombres que a lo largo de nuestro quehacer institucional las han hecho posibles.”

 

Noel utiliza como base de su disertación un escrito de Don Félix Ochoteco, nombre que hoy lleva el salón donde nos encontramos reunidos(as), redactado en 1954. En él, el Lcdo. Ochoteco expresa:

 

“Pondremos todo nuestro empeño en que nuestra clase no sea un núcleo meramente especializado en determinado (sic) disciplina del saber humano, divorciada de la suprema verdad de lo que fue, de lo que es y de lo que será en toda trayectoria de la historia. Nuestra profesión fue, es y será liderato perenne, forjador de la conciencia colectiva. Conformarnos con menos es hacer un renunciamiento de nuestra propia dignidad.

 

El Colegio de Abogados de Puerto Rico, cantera inagotable de legítimos valores, no puede ni debe permanecer a la vera del sendero en actitud pasible y contemplativa, presenciando el desfile de los acontecimientos cual si fuera un mero forastero. Tal actitud es contraria a lo que nuestro pueblo espera y demanda de él.”

 

Señala Noel que la invitación del Lcdo. Ochoteco era un llamado, una convocatoria, a “realizar gestas que hicieran imposible el retroceso.”

 

Indica Noel que allá para el 5 de marzo de 1968 el Movimiento Pro Independencia, siendo entonces su Secretario General el Lcdo. Juan Mari Brás, solicitó del presidente del Colegio el uso de una sala para una actividad de dicha agrupación, lo que generó alguna oposición en su Junta de Gobierno. Para entonces, en el Reglamento de Colegio existía una prohibición que impedía el uso de facilidades del Colegio “para fines político partidistas.” La Junta de Gobierno asumió la discusión de la petición en su reunión de 30 de marzo de 1968. El Lcdo. Ochoteco, quien fue el autor del reglamento donde se consignaba la prohibición, solicitó ser escuchado y señaló en su alocución ante la Junta de Gobierno que, “a diferencia de 1956, el clima de participación y tolerancia política había cambiado y que en ese momento histórico lo conveniente era abrir las puertas y facilitar el diálogo.”

 

Como resultado de la derogación de la disposición del reglamento, indica Noel, “estamos presenciando el espectáculo saludable de ver a todas nuestras organizaciones políticas utilizando nuestra casa sin que a nadie se le ocurra identificar esta institución con determinado partido político.”

 

A pesar de nuestra apertura como institución a todas las corrientes del pensamiento político, sectores que quieren acallar la voz del Colegio siguen imputando alineamientos políticos al Colegio con determinadas corrientes de pensamiento.

 

Si como muestra un botón basta para documentar que tal percepción no es correcta, durante la presidencia de quien les habla, 2016-2018, se llevó a cabo en este Colegio una actividad en homenaje al Dr. Ramón Emeterio Betances; un simposio en torno a las aportaciones del Dr. José Celso Barbosa en los campos de la medicina, el periodismo, el cooperativismo, como promotor de la estadidad para Puerto Rico y como masón; e igualmente, se efectuó otro simposio en torno a la figura de Román Baldorioty de Castro. En ella se destacó su concepto de “autonomía política”, frente a aquellos autonomistas que ya en 1887 proponían la “autonomía administrativa”.

 

El Colegio ha mantenido abiertas sus puertas a la mayor diversidad de agrupaciones y pensamientos, aunque como indica Noel en su discurso, como empresa humana al fin, “hemos cometido errores”. Pero tales “errores”, indica, han sido en la promoción diligente de reformas y no como un mero observador pasivo. Señala Noel con acierto en su discurso, que el Colegio ha “mantenido una preocupación constante sobre cuestiones de vida y de gobierno que trascienden la afiliación política y las lealtades partidistas de cada uno.”

 

Utilizando el Informe rendido por una comisión designada por la Junta de Gobierno del Colegio a requerimientos de la Asamblea General de 2 de septiembre de 1961, el cual fuera rendido el 1 de agosto de 1962, Colón Martínez señala en su discurso que “en Puerto Rico no se había cumplido con el principio de autodeterminación y que el ejercicio de autoridad legislativa sobre Puerto Rico por el Congreso de Estados Unidos era “el señalamiento de mayor alcance que vicia el principio de gobierno democrático en nuestro país.”

 

En sus señalamientos indica lo siguiente:

 

“En 1968 todavía subsisten las fallas hondas en nuestra vida como pueblo que aspira a la convivencia democrática. Más aún el problema de nuestro irresuelto problema político continúa siendo la médula y raíz de nuestros otros problemas colectivos.”

 

Ya entonces el Lcdo. Colón Martínez comenzaba a destacar en su expresiones la función que, más allá de los partidos políticos, deberían asumir otras fuerzas y actores.

 

Decía Noel:

 

“Ahora estamos más divididos que nunca antes y se hace cada vez más difícil lograr las condiciones que aseguren el crecimiento y estabilidad de los partidos políticos. Ellos son y serán el instrumento  de acción en nuestro sistema, pero ellos no lograrán esa estabilidad y ese crecimiento saludable mientras se perpetúe y ahonde el desacuerdo general en cuanto a las bases constitucionales de nuestro sistema político.”

 

Señalando que “todavía la democracia es una mera aspiración de este pueblo”, hacía el llamado a los abogados a prestar al país un servicio que superara “la mera militancia en organismos políticos.” Para ello propuso a los abogados(as) servir al país, apelando a la conciencia moral de cada abogado(a), rechazando toda vacilación, temor y olvido de los verdaderos intereses de Puerto Rico. En la defensa de tales intereses, también convocaba a combatir la intolerancia en la vida colectiva; la intolerancia contra los grupos minoritarios por parte del poder público y la persecución contra individuos que profesan ideas minoritarias.

 

Casi al cierre de su discurso señalaba:

 

“El abogado, desde cualquier trinchera, tiene que imponerse la tarea de evitar la falsificación de la verdad, la tergiversación de las ideas, la pérdida de su sentido ético en la discusión como es la estridencia y la violencia de cualquier extremista.”

 

El laboratorio desde el cual Noel pondría en práctica esta visión de tolerancia, persuasión, respeto en el debate de las ideas y en la búsqueda de consensos, fue la Comisión para el Estudio y Desarrollo Constitucional de Puerto Rico y la propuesta de una Asamblea Constitucional de Estatus.

 


IV. La búsqueda de un consenso procesal para el ejercicio de la libre determinación

 

En su Asamblea del 1 de septiembre de 1944, el Colegio había aprobado una Resolución en la cual demandaba la terminación del régimen colonial de Puerto Rico. En ella establecía, entre otros aspectos: (a) que ni el régimen establecido ni el gobierno de Estados Unidos habían cumplido con la obligación que asumieran en virtud del Tratado de París de determinar la condición política final de Territorio ni de los habitantes de Puerto Rico; (b) demandaba del Congreso de Estados Unidos y del pueblo de Estados Unidos la terminación de lo que catalogaba como un injusto régimen, llamando a que se sustituya y determine libremente por otro que responda a la voluntad colectiva del pueblo puertorriqueño; (c) denunciaba que el régimen de Estados Unidos en Puerto Rico “se mantiene a base de la fuerza”; y (d) autorizaba a la Junta de Gobierno del Colegio llevar a cabo las gestiones necesarias para el logro de los objetivos definidos en la Resolución.

 

En los años siguientes, incluso durante el proceso constitucional que desembocó en la creación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, el Colegio fue una voz firme y consecuente en el debate sobre el futuro político de Puerto Rico. En ocasión de la comparecencia del Lcdo. Colón Martínez ante las vistas públicas de las Comisiones de los Jurídico de la Cámara de Representantes y Senado de Puerto Rico en torno a las resoluciones concurrentes 3317 de la Cámara y 2389 del Senado de 5 de noviembre de 2003, este indicó:

 

“En los años 60 la discusión sobre el marco conceptual que debía seguir cualquier consulta y el señalamiento de los requisitos sustantivos mínimos se establecían ante la posibilidad real de la celebración de un plebiscito que se consideró inevitable, luego de las cartas que se cruzaron el gobernador de Puerto Rico, Luis Muñoz Marín y el Presidente de Estados Unidos, John F. Kennedy, y en las cuales se puso en cuestión si en Puerto Rico, luego del proceso constitucional de 1951, la voluntad de nuestro pueblo era realmente la fuente del poder público. Pero el plebiscito no se celebró en 1962 y cuando se celebró en 1967, no tuvo el efecto de promover cambios en el sistema político, y quien promovía los cambios perdió el poder político en 1968.”

 

Desde el 1 de septiembre de 1962 el Colegio se había expresado en torno al hecho de que si habría de escogerse una solución permanente al llamado problema del estatus, la misma debería ser definida a partir del principio de la soberanía, particularmente en el caso del Estado Libre Asociado. Así lo plasmó el Informe de 21 de febrero de 1963 sobre requisitos sustantivos para la descolonización de Puerto Rico, rendido por la Comisión para el Estudio y Desarrollo Constitucional de Puerto Rico de la cual ya formaba parte y presidía el Lcdo. Noel Colón Martínez. Pueblo soberano, indicaba el Informe, “es aquel en que reside la fuente última de poder.”

 

El 30 de abril de 1977, una vez más bajo la presidencia del Lcdo. Noel Colón Martínez, la Comisión para el Estudio y Desarrollo Constitucional de Puerto Rico, emitió otro Informe que tituló “Requisitos procesales esenciales para la Descolonización de Puerto Rico”. El Informe señala que a partir de que Estados Unidos renuncie a “todo poder sobre Puerto Rico, transfiriéndolo al pueblo puertorriqueño”, se debe crear una Comisión Organizadora de una Asamblea Constituyente bajo la supervisión de las Naciones Unidas, la cual sería la depositaria  de la soberanía del pueblo.

 

Entre los requisitos procesales del Informe de 1977 se incluían: (a) que toda propuesta de descolonización debía surgir del pueblo de Puerto Rico; (b) que el pueblo de Puerto Rico decidirá la forma en que desee lograr el objetivo de la descolonización; (c) que la expresión del pueblo puertorriqueño fuera libre de poderes externos; (d) que para lograr la descolonización, el Congreso de Estados Unidos debe renunciar a todo poder sobre Puerto Rico, transfiriéndolo al pueblo puertorriqueño; (e) que se deberá reconocer a Puerto Rico una condición de transición jurídico-política y un estado interino de derecho hasta la conclusión del proceso de descolonización; (f) que dicho estado interino de derecho conllevará la creación de una Comisión Organizadora de la Asamblea Constituyente con representantes de las tres fórmulas de descolonización, supervisada por las Naciones Unidas; (g) que se debe convocar a una elección de delegados postulados a base de dichas fórmulas tal como las reconoce el Informe de 21 de febrero de 1963 sobre requisitos sustantivos; (h) que las tres fórmulas deben estar representadas de manera proporcional a base de los votos obtenidos en cada fórmula en la Asamblea Constituyente, con igualdad de derechos sus delegados; (i) que mientras sesiona la Asamblea Constituyente, las estructuras constitucionales de gobierno continuarán funcionando, salvo aquellas que pudieran estar en contra del ejercicio de libre determinación, según lo determine la Comisión Organizadora y la Asamblea Constituyente; (j) que en caso de que la fórmula que proponga la Asamblea Constituyente requiera la aprobación del Congreso de Estados Unidos, este deberá adoptar una posición final  antes de consultarse a los electores sobre la solución final; (k) la Asamblea Constituyente sería la depositaria de la soberanía del pueblo puertorriqueño; (l) amnistía para todos los presos políticos puertorriqueños; (m) el voto sólo corresponde a los nacionales del país, nacido en Puerto Rico o hijo de padre o madre nacido en Puerto Rico; (n) el mantenimiento incondicional de las bases militares de Estados Unidos en Puerto Rico, la masiva transferencia de programas de asistencia social y carencia de poderes sobre los recursos naturales, tal como operan en dicho momento, afectan el proceso de libre determinación, por lo que la Comisión Organizadora debe buscar alternativas para garantizar el proceso antes de convocarse a la Asamblea Constituyente;  (o) deberá garantizarse que toda consulta en el proceso descolonizador se conduzca de manera imparcial, informada y en forma democrática, basada en el sufragio universal directo y secreto; y (p) la solución final descolonizadora tendrá vigencia jurídica luego de ser aprobada en referéndum por el pueblo de Puerto Rico.

 

La Comisión continuó sus trabajos. Así las cosas, el 20 de junio de 1985 fue aprobado un proyecto de Resolución donde se solicitó de la Asamblea Legislativa la convocatoria a una Asamblea Constituyente para “revisar las relaciones existentes entre el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y Estados Unidos de América”. En ella se consignó que deberían estar representados “todos los sectores ideológicos con igualdad de condiciones y oportunidades” y donde  en la selección de delegados, se incluyeran criterios geográficos, criterios de acumulación y criterios de proporcionalidad.

 

Comentó entonces el Lcdo. Juan Mari Brás que dicha Resolución producía un “cambio en la estrategia” del Colegio, “y en particular la de requisitos mínimos procesales de 1977 en un sentido: en vez de insistir en la demanda de que Estados Unidos acuerde formalmente una transferencia previa de todos los poderes de soberanía al pueblo de Puerto Rico, propone que se ponga en movimiento una iniciativa puertorriqueña sin ninguna clase de consulta previa al gobierno de Estados Unidos, siguiendo pautas y procedimientos establecidos por la constituyente celebrada en 1952 y la constitución vigente en Puerto Rico.” Esta posición, como veremos más adelante, también fue objeto de cambios.

 

El 1 de junio de 1985 la Comisión elaboró un Informe analizando los pactos de libre asociación con Estados Unidos  de las Islas Marshall, de la República de Palau y de los Estados Federados de Micronesia con Estados Unidos. Noel tenía un conocimiento detallado del proceso que se condujo en las negociaciones de tales pactos y del contenido de estos acuerdos.

 

Dentro del marco de las discusiones en el seno de la Comisión se generó el debate en torno a las limitaciones contenidas en el Artículo VII, Sección 3, sobre los cambios a la Constitución del ELA. Recordaremos que la Sección 3 fue una  de las “píldoras venenosas” impuestas por el presidente y el Congreso de Estados Unidos como condición para la aprobación y ratificación de la Constitución de 1952. Allí se dispone lo siguiente:

 

“Ninguna enmienda a esta Constitución podrá alterar la forma republicana de gobierno que por ella se establece o abolir su Carta de Derechos. Cualquier enmienda o revisión de esta Constitución deberá ser compatible con la resolución decretada por el Congreso de los Estados Unidos aprobando esta Constitución, con las disposiciones aplicables de la Constitución de los Estados Unidos, con la Ley de Relaciones Federales con Puerto Rico y con la Ley Pública 600 del Congreso Octogésimo primero, adoptada con el carácter de un convenio.” (Énfasis suplido)

 

Así las cosas, del contenido de tal Sección 3, surge que, como dice el refrán, “para que las cosas cambien, deben permanecer iguales.”

 

Bajo la dirección de Noel, la Comisión siguió interviniendo con distintas iniciativas, algunas de ellas de naturaleza legislativa, en cuanto a las relaciones políticas entre Puerto Rico y Estados Unidos. Una de las de mayor importancia fue la Resolución del Senado  R. del S. 201, impulsada por el Senador Eudaldo Báez Galib. En ella se recomendaba la convocatoria a una “Asamblea de Estatus del Pueblo Puertorriqueño” para atender lo relacionado con las relaciones políticas entre Puerto Rico y Estados Unidos. La propuesta, sin embargo, no contenía un modelo de la Asamblea que proponía y su convocatoria no superaba lo dispuesto en el Artículo VII, Sección 3 de la Constitución de ELA.

 

En la Asamblea del Colegio de 6 de septiembre de 2003, el orador fue el Lcdo. Rafael Hernández Colón. Su discurso abordó el tema del estatus. El Lcdo. Hernández Colón, al proponer un nuevo acuerdo, indicó que el instrumento procesal idóneo para alcanzar el mismo era la “Asamblea Constituyente que contempla nuestra Constitución.” Indicó que las limitaciones que impone el Artículo VII, Sección 3 de la Constitución del ELA, no impedían proponerle al Congreso de Estados Unidos “los cambios que desee el pueblo de Puerto Rico a la ley de relaciones federales”, ni limitaba el derecho de libre expresión, ni peticionar al Congreso la reparación de agravios, “ni el derecho de este pueblo a la autodeterminación.”

 

Meses antes la Comisión para el Estudio y Desarrollo Constitucional del Colegio había trabajado un nuevo Proyecto de Resolución para convocar a una Asamblea Constitucional de Estatus. Por petición, esta iniciativa tomó forma, en el Senado con el P. del S. 2389 y en la Cámara de Representantes con el P. de la C. 3317. Ya para entonces, se había abandonado por parte del Colegio recurrir al Artículo VII, Sección 3  de la Constitución del ELA y se introducía por parte de la Comisión el término “asamblea constitucional de estatus”. Fueron también años en que al interior de Partido Popular Democrático comenzó a percolar la propuesta de asamblea constitucional de estatus para atender el problema de las relaciones políticas coloniales y territoriales entre Puerto Rico y Estados Unidos.

 

La Comisión para el Estudio y Desarrollo Constitucional de Puerto Rico, bajo la presidencia de Noel, también emitió sus recomendaciones a la presidencia del Colegio sobre los Informes del “Grupo de Trabajo de Casa Blanca” creado en virtud de la Orden Ejecutiva del presidente William Jefferson Clinton de 23 de diciembre de 2000. Consecuencias de la Orden Ejecutiva, fueron los Informes de 2005, 2007 y 2011. En ellos se afirma, como antes había concluido la Comisión del Colegio, la condición territorial de Puerto Rico como territorio no incorporado de Estados Unidos, sujeto a la Cláusula Territorial de la Constitución de dicho país.

 

Las aportaciones de Colón Martínez en el seno de la Comisión fueron de gran importancia a partir del año 2006 cuando se desarrollaron varias iniciativas en el Senado y Cámara de Representantes del Congreso de Estados Unidos relacionadas al estatus político de Puerto Rico y el ejercicio del derecho a la libre determinación. Destacó entre ellas el S. 2304, radicado por los Senadores Edward Kennedy y Trent Lott, titulado “Puerto Rico Self-Determination Act”. En él se hablaba de un “nuevo o modificado Estado Libre Asociado”, reconociendo, además, la “autoridad inherente del Gobierno del Estado Libre Asociado para convocar” una asamblea constitucional “a través de delegados electos para propósitos de establecer los mecanismos para la libre determinación.”

 

Una vez más, bajo la presidencia de Noel, la Comisión para el Estudio y Desarrollo Constitucional de Puerto Rico elaboró una segunda propuesta de Asamblea Constitucional de Estatus, que dicho sea de paso, es la que al presente ha adoptado el Colegio mediante su Asamblea de 9 de septiembre de 2006. En ella se incorporaron cambios para definir el número de la composición de delegados territoriales y por acumulación.

 

A los esfuerzos aquí resumidos, debe destacarse la función desempeñada por la Comisión bajo la presidencia de Noel, colaborando con distintos presidentes y presidentas en fijar la posición institucional del Colegio ante el Comité de Descolonización de la Organización de Naciones Unidas y ante otros foros tanto internacionales como internos en el contexto de Estados Unidos.

 

Expresamos en el libro titulado La Asamblea Constitucional de Estatus: Alternativa para la revisión de las relaciones políticas entre Puerto Rico y Estados Unidos (2024) una reflexión que, para mí, bien podría resumir algunas de las lecciones aprendidas de Colón Martínez a lo largo de muchos años de colaboración y amistad:

 

“…históricamente el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico ha denunciado que Estados Unidos nunca ha viabilizado el ejercicio por parte del pueblo puertorriqueño de su derecho a la libre determinación. De igual manera, el Colegio ha sostenido que el proceso constitucional llevado a cabo entre 1951-1952, el cual culmina con la aprobación de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, si bien tuvo atributos constitucionales, tampoco fue el resultado de un proceso de libre determinación.

 

El derecho de los pueblos a escoger libremente su sistema de gobierno, su destino político y su relación con los demás países, es un derecho natural inalienable; ni puede admitirse legislación contraria a este derecho, ni puede tampoco admitirse un régimen o legislación contraria al ejercicio pleno de este derecho.

 

Derecho inalienable es aquel al cual, en todo momento, el pueblo tiene el pleno poder de ejercitarlo. Ninguna fuerza política interna o externa puede arrebatárselo, ni mucho menos suprimirlo. Una generación no puede renunciar tales derechos en perjuicio de sí misma o de generaciones futuras. Por lo antes indicado, el ejercicio del derecho a la libre determinación es imprescriptible.

 

Para el Colegio de Abogados  y Abogadas de Puerto Rico, la sujeción política de Puerto Rico a Estados Unidos es un problema político que entraña la negación por parte de dicho país de los derechos humanos de nuestro pueblo y no meramente un problema de derechos civiles. Para ello fundamenta su posición en la expresión hecha por la Organización de las Naciones Unidas en su Resolución 1514 (XV) de 4 de diciembre de 1960. En ella el organismo internacional declara que la “sujeción de los pueblos a una subyugación y explotación extranjeras, constituye una negación de los derechos humanos fundamentales.

 

Si al presente se perpetúa una relación colonial de Puerto Rico con Estados Unidos, se debe al resultante de un acto de guerra sin previa consulta ni consentimiento de su pueblo ocurrida en 1898 cuando Puerto Rico pasó a ser territorio de Estados Unidos como resultado de la Guerra Hispano-cubana-americana.”

 

V. Conclusión

El Apóstol de la Independencia de Cuba, en su texto ya citado titulado ”Tres Héroes”, La Edad de Oro, utilizó la siguiente expresión:

 

“Cuando hay muchos hombres sin decoro, hay siempre otros que tienen en sí el decoro de muchos hombres. Esos son los que se rebelan con fuerza terrible contra los que le roban a los pueblos su libertad, que es robarle a los hombres su decoro. En esos hombres van miles de hombres, va un pueblo entero, va la dignidad humana. Esos hombres son sagrados.”

 

En otro momento durante esta conferencia, hice también referencia a otra cita de  José Martí en “Tres Héroes”, La Edad de Oro. En él Martí se refería al sol, su luz y sus manchas. Indicaba que los agradecidos destacábamos del sol su luz, mientras los malagradecidos destacaban del sol sus manchas.

 

En Noel, hay quienes, los menos aún, le prestan mayor peso a sus ejecutorias como Fiscal Especial en los juicios de 1956 contra nacionalistas que participaron de la Insurrección en 1950 en Arecibo, que a lo que fue su proceso de transformación política, aquel que le llevó a romper con un partido y un gobierno que precisamente implantó contra muchos en Puerto Rico aquella infame “Ley de la Mordaza”. Esa ruptura transformadora sería la que una década más adelante, le llevaría a abrazar la “disidencia  como vocación” dentro del Partido Popular guiando sus pasos hacia el reclamo pleno de la soberanía e independencia para su patria. Esa capacidad de rectificación histórica, reconociendo su actuación en aquel momento como uno de sus errores en la vida, hizo  de Noel un mejor ser humano y un mejor patriota.

 

Su sobrino y colegiado Rubén Colón Morales escribió a raíz de su muerte unas palabras que nos sirven de consuelo ante la partida física de Noel:

 

“Por eso, si nos sentimos confundidos siempre podemos recurrir o imaginar qué nos aconsejaría Noel en estas circunstancias; para que alguna respuesta ética, honesta, valiente y sensata aflore en nuestras cabezas.”

 

No quisiera concluir esta conferencia dedicada a mi amigo, compañero y hermano mayor, Lcdo. Noel Colón Martínez, sin antes reafirmar lo que le expresara a su hijo José Javier en ocasión de la publicación del libro Noel Colón Martínez, la disidencia como vocación. Entonces, José Javier me pidió un comentario sobre su padre y mi relación con él. Le dije entonces y hoy reafirmo hoy ante ustedes:

 

“A pesar de sus años cronológicos en el trabajo político y en los procesos de análisis siempre refleja una frescura de pensamiento que en la mayor parte de las ocasiones trasciende la de aquellos mucho más jóvenes; tiene el don de escuchar y tolerar discrepancias; atacar con certeza pero sin ofensa lo que entiende es equivocado; y una lealtad sin límites a lo que entiende son los principios. Tiene el don de ser amigo verdadero.”

 

Su consecuente hoja de servicios a nuestro Colegio y al país lo hacen merecedor del reconocimiento que hoy le hacemos en esta “Primera Conferencia Magistral Lcdo. Noel Colón Martínez”.

 

Muchas gracias

 

 

 


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