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Ponencia de Wilma E. Reverón en Seminario Regional del Caribe del Comité Especial de Descolonización de la ONU

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«La agenda prioritaria de este Comité no ha cambiado nunca: su enfoque debe ser el ayudar a lograr la desaparición de toda forma de dominación colonial en el mundo. Como muy sabiamente ha dicho el hermano Presidente de Bolivia, Evo Morales, no es posible la  soberanía económica sin la soberanía política.»

 

 

PONENCIA DE LCDA. WILMA E. REVERÓN COLLAZO
ANTE EL SEMINARIO REGIONAL DEL CARIBE
DEL COMITÉ ESPECIAL DE DESCOLONIZACIÓN
DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
Managua, Nicaragua
19-21 de mayo 2015



Título: La deuda pública como impedimento al ejercicio de libre determinación e independencia en los territorios que aún no han alcanzado su independencia

La deuda pública ha sido utilizada históricamente como medida punitiva contra aquellos pueblos que se atreven a desafiar el orden colonial. Así fue en el caso de la hermana República de Haití, primer país que abolió la esclavitud desde 1804. Eduardo Galeano resume el costo que tuvo dicha afrenta para el pueblo haitiano.

Los negros alzados vencieron a Francia y conquistaron la independencia nacional y la liberación de los esclavos. En 1804, heredaron una tierra arrasada por las devastadoras plantaciones de caña de azúcar y un país quemado por la guerra feroz. Y heredaron ¿la deuda francesa?. Francia cobró cara la humillación infligida a Napoleón Bonaparte. A poco de nacer, Haití tuvo que comprometerse a pagar una indemnización gigantesca, por el daño que había hecho liberándose. Esa expiación del pecado de la libertad le costó 150 millones de francos oro. El nuevo país nació estrangulado por esa soga atada al pescuezo: una fortuna que actualmente equivaldría a 21,700 millones de dólares o a 44 presupuestos totales del Haití de nuestros días. Mucho más de un siglo llevó el pago de la deuda, que los intereses de usura iban multiplicando. En 1938 se cumplió, por fin, la redención final. Para entonces, ya Haití pertenecía a los bancos de los Estados Unidos. A cambio de ese dineral, Francia reconoció oficialmente a la nueva nación. Ningún otro país la reconoció. Haití había nacido condenada a la soledad.i

Desafortunadamente más de dos siglos después los pueblos que aún sufren el yugo colonial siguen siendo víctimas de las medidas económica punitivas de sus metrópolis. Ello sigue siendo así a pesar de las declaraciones de la comunidad internacional que supuestamente corregirían dicho comportamiento.

Recordemos que al adoptarse la Carta de las Naciones Unidas la comunidad internacional hizo el siguiente compromiso con relación a los territorios bajo fideicomiso y los que habrían de conformar la lista de territorios no autónomos, que en aquel entonces incluyó a Puerto Rico.

En el CAPÍTULO XI se encuentra la: DECLARACIÓN RELATIVA A TERRITORIOS NO AUTÓNOMOS que lee en su Artículo 73 como sigue: Los Miembros de las Naciones Unidas que tengan o asuman la responsabilidad de administrar territorios cuyos pueblos no hayan alcanzado todavía la plenitud del gobierno propio, reconocen el principio de que los intereses de los habitantes de esos territorios están por encima de todo, aceptan como un encargo sagrado la obligación de promover en todo lo posible, dentro del sistema de paz y de seguridad internacionales establecido por esta Carta, el bienestar de los habitantes de esos territorios, y asimismo se obligan:

a asegurar, con el debido respeto a la cultura de los pueblos respectivos, su adelanto político, económico, social y educativo, el justo tratamiento de dichos pueblos y su protección contra todo abuso;

a desarrollar el gobierno propio, a tener debidamente en cuenta las aspiraciones políticas de los pueblos, y a ayudarlos en el desenvolvimiento progresivo de sus libres instituciones políticas, de acuerdo con las circunstancias especiales de cada territorio, de sus pueblos y de sus distintos grados de adelanto; (Énfasis suplido)

Sin embargo, vigente dicha obligación y en franca violación a la misma, en 1953 Estados Unidos de América (EUA) le representa a la comunidad internacional que había permitido que Puerto Rico ejerciera su derecho a la libre determinación e independencia mediante la adopción de su propia constitución y el establecimiento de gobierno propio.ii Lo que no se explicó claramente a la comunidad internacional fue que dicha constitución solo podía ser adoptada si el Congreso de Estados Unidos, verdadero y único tenedor de la soberanía de Puerto Rico, aprobaba dicha constitución.

Tal fue la imposición de la metrópolis sobre el ejercicio constituyente del pueblo de Puerto Rico que al considerar la misma en el Congreso de EUA este exigió para su aprobación, en primer lugar, la eliminación total de los derechos sociales y económicos incluidos en el sección 20 de la Carta de Derechos de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Dicha sección lee como sigue:

Sección 20. Derechos humanos reconocidos; deber del pueblo y del gobierno.

El Estado Libre Asociado reconoce, además, la existencia de los siguientes derechos humanos:

El derecho de toda persona recibir gratuitamente la instrucción primaria y secundaria.

El derecho de toda persona a obtener trabajo.

El derecho de toda persona a disfrutar de un nivel de vida adecuado que asegure para sí y para su familia la salud, el bienestar y especialmente la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.

El derecho de toda persona a la protección social en el desempleo, la enfermedad, la vejez o la incapacidad física.

El derecho de toda mujer en estado grávido o en época de lactancia y el derecho de todo niño, a recibir cuidados y ayudas especiales.

Los derechos consignados en esta sección están íntimamente vinculados al desarrollo progresivo de la economía del Estado Libre Asociado y precisan, para su plena efectividad, suficiencia de recursos y un desenvolvimiento agrario e industrial que no ha alcanzado la comunidad puertorriqueña.

En segundo lugar el Congreso de EUA exigió y condicionó la aprobación de la Constitución del ELA a la incorporación de la siguiente sección del Artículo VI:

Sección 8. Prioridad de desembolsos cuando recursos no basten.

Cuando los recursos disponibles para un año económico no basten para cubrir las asignaciones aprobadas para ese año, se procederá en primer término, al pago de intereses y amortización de la deuda pública, y luego se harán los demás desembolsos de acuerdo con la norma de prioridades que se establezca por ley.

Así pues Puerto Rico llegó a su nuevo estatus político gravado a nivel constitucional con el pago a los bonistas de Wall Street, convirtiéndose en el primer laboratorio de las políticas neoliberales que luego irían perfeccionando los Chicos de Chicago. Prioridad al pago de intereses y amortización de la deuda pública, y si sobra algo, los demás desembolsos.

Se elimina la garantía de rango constitucional a la instrucción, la salud, la vivienda, el empleo y el bienestar social en general y se eleva a rango constitucional el pago de la deuda pública a los bonistas de Wall Street.

En 1960, la Organización de Naciones Unidas recibe como nuevos miembros a países que sufrieron el colonialismo y que integraron su visión de un mundo libre de dicho flagelo. Con esta nueva sensibilidad a flor de piel se aprueba el proyecto Asiático-Africano que se vendrá a conocer como la Carta Magna de Descolonización, declaración que nos convoca y conmina a la acción a todos los que participamos hoy en este seminario. Pertinente al tema que abordo les recuerdo lo que dice la resolución 1514(XV) sobre el mismo:

Convencida de que la continuación del colonialismo impide el desarrollo de la cooperación económica internacional, entorpece el desarrollo social, cultural y económico de los pueblos dependientes y milita en contra del ideal de paz universal de las Naciones Unidas,


Afirmando que los pueblos pueden, para sus propios fines, disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales sin perjuicio de las obligaciones resultantes de la cooperación económica internacional, basada en el principio del provecho mutuo, y del derecho internacional,

Declara:

2. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.

3. La falta de preparación en el orden político, económico, social o educativo no deberá servir nunca de pretexto para retrasar la independencia.

Convencida de que la continuación del colonialismo entorpece el desarrollo económico, la comunidad internacional declara que todos los pueblos tienen derecho a perseguir libremente su desarrollo económico sin que sirva de pretexto la falta de preparación económica para retrasar la independencia. Veamos entonces cuál es la situación hoy de los territorios que ha estado o todavía están bajo la administración de una metrópolis extranjeras.

En el importante trabajo de Norman Girvan, Colonialism and Neo-colonialism in the Caribbean: An Overview, el autor nos pinta una visión panorámica del asunto de la deuda en los territorios del Caribe, tanto los que ya han alcanzado su independencias política como los que aún luchan por ella. Cito en el idioma original para respetar la precisión de sus pensamientos:

Caribbean countries have been said to be among the most highly indebted market economies in the world. Debt burdens are significantly higher than in the rest of Latin America and Caribbean region. (Figure 2) Because of their weak, undiversified economies, most Caribbean countries are unable to borrow on international financial markets; or can only do so on unfavourable terms. Therefore they are reliant on grants and loans from official sources. These include the EU, the World Bank, the IADB, the IMF; and most recently Petro Caribe and ALBA. The world financial and economic crisis hurt the Caribbean more than Latin America. This was because of their higher degree of integration with North America and Europe through tourism and remittances. Several countries had no option but to turn to the IMF for emergency external finance (Table 4). IMF loans are usually conditioned on programmes to reduce the fiscal deficit by cutting spending, shifting the burden of taxes to the general population and in general neoliberal policy reforms.iii

Invito a todos a accesar el documento que está documentado con gráficas y tablas ilustrativas del tema.

Puerto Rico sigue siendo un referente ilustrativo de las políticas adoptadas por la metrópolis, llámese Reino Unido, EUA, Francia u Holanda, y de la ejecución de las mismas. Puerto Rico tiene una deuda pública de $73 mil millones de dólares que representa el 96% de su producto nacional bruto.

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Como se ilustra en las gráficas incluidas, el servicio a la deuda requiere la inversión del 44.1% del ingreso tributario que se recoge en la isla.iv

El problema de la deuda pública para los territorios no independientes se complica por las siguientes razones:

1. la falta de soberanía para tomar decisiones enfocadas en el exclusivo interés del pueblo del territorio;

2. corolario a lo anterior, la intervención de las metrópolis en la toma de decisiones que tienen como objetivo salvaguardar los intereses económicos de éstas y los ciudadanos y empresas de la metrópolis, no los el pueblo del territorio;

3. la falta de accesos al mercado financiero internacional, a los acuerdos bilaterales con gobiernos y organismos regional afines y la limitación a acceder a los mercados e instituciones que la metrópolis privilegie tales como Wall Street, FMI, Banco Mundial y fondos buitres de distintos plumajes:

4. el impedimentos, torpedeo e intromisión de las metrópolis en relaciones económicas que si pueden ser ventajosas para los pueblos del Caribe como lo son Pero Caribe y el ALBA/TCP.

5. Imposición por la metrópolis de medidas económicas de austeridad contra el pueblo de los territorios para coaptar los ingresos para sus intereses propios y los de sus protegidos.

Ante este cuadro que erige un impedimento casi insuperable para los pueblos bajo dominación colonial y neocolonial, ¿qué ha de hacer este Comité Especial de Descolonización? ¿Cuál debe ser su agenda prioritaria?

La agenda prioritaria de este Comité no ha cambiado nunca: su enfoque debe ser el ayudar a lograr la desaparición de toda forma de dominación colonial en el mundo. Como muy sabiamente ha dicho el hermano Presidente de Bolivia, Evo Morales, no es posible la  soberanía económica sin la soberanía política.  

Tanto en la Carta de la ONU adoptada el 26 de junio de 1945, pronta a cumplir 70 años, como en la Resolución 1514(XV), adoptada el 14 de diciembre de 1960 y pronta a cumplir 55 años, han mandatado a la comunidad internacional a poner fin de forma inmediata la inhumana institución del colonialismo. Aquí, en el contexto del Tercer Decenio del Colonialismo, seguimos los representantes de dichos pueblos denunciando y reclamando acción afirmativa para que no lleguemos a un Cuarto Decenio. El tema que traigo hoy de las medidas económicas contrarias a la declaración no es nueva para nosotros. En la Cuarta Comisión se han adoptado la resoluciones al respecto y se le ha dado mandatos específicos al Comité. Pero hay que tomar medidas inmediatas si se ha de asistir a los territorios. Existe una emergencia fiscal en los territorios.

La primera medida es exigir la auditoria de la deuda pública de los territorios tal como lo hizo Ecuador. La deuda odiosa y por lo tanto ilegal no debe ser pagada. Ese principio lo estableció EUA en el contexto de la Guerra Civil entre las colonias y luego en el contexto de le Guerra Hispano Cubana Americana donde estableció que la deuda que reclamaba el imperio español era ilegal porque no había sido en beneficio de los habitantes de la Isla, hoy la hermana República de Cuba, y se negó a reconocer y pagar la misma.

La segunda debe ser hacer una auditoria de los daños causados por las metrópolis a las territorios y pueblos bajo su administración, y como he propuesto reiteradamente en este foro, crear un fondo de reparaciones para ayudar a los territorios en su transición a la independencia. Le invito a leer mi trabajo sobre el Derecho a Reparación por el Colonialismo.

 

Estas medidas deben ser tomadas ¨Considerando el importante papel que corresponde a las Naciones Unidas como medio de favorecer el movimiento en pro de la independencia en los territorios en fideicomiso y en los territorios no autónomos¨, y en cumplimiento con la ¨Proclama solemnemente de la necesidad de poner fin rápida e incondicionalmente al colonialismo en todas sus formas y manifestaciones.

 

________________

[i] http://www.grupotortuga.com/Por-que-Haiti-es-tan-pobre-dos#sthash.lTN3pvST.dpuf downloaded on May 11, 2015.

[ii] Resolución 748(VIII) 27 noviembre 1953.

[iii] http://www.normangirvan.info/wp-content/uploads/2013/01/Girvan-St-Vincent-paper.pdf downloaded on May 11, 2015.

[iv] Gráficas son de: https://www.academia.edu/10946263/Puerto_Rico_between_Commonwealth_and_Statehood downloaded on May 11, 2015

Fundación Juan Mari Brás

 

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